Suprema Corte rechaza proyecto que planteaba invalidar parcialmente la reforma judicial
Por: Agencia Informativa UDEM
La reforma judicial, que fue aprobada por el Congreso en septiembre pasado, se mantendrá sin ningún cambio, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazara estudiar modificaciones a la misma.
Después de seis horas de debate este martes 5 de noviembre, el Alto Tribunal no consiguió los ocho votos que necesitaba para comenzar a estudiar y, eventualmente, modificar e invalidar partes de la reforma.
La reforma, aprobada por la Cámara de Diputados el 4 de septiembre pasado y por el Senado el 11 del mismo mes, determina que todos los jueces, ministros y magistrados del país serán electos por voto popular, establece tiempos límites para la resolución de las demandas judiciales, reduce de 11 a 9 el número de ministros que integran la Suprema Corte, elimina privilegios de los magistrados del Alto Tribunal y crea un Tribunal de Disciplina Judicial, entre otras disposiciones.
Uno de los cambios que más generó insatisfacción dentro de la rama judicial fue la elección de más de mil 600 jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte del país a través del voto popular, lo cual acaba con la carrera judicial, un sistema de ascensos escalonados, vigente desde 1994, que les permite avanzar en sus carreras mediante posgrados, cursos de actualización y exámenes.
Después de que la reforma fuera aprobada y publicada el pasado 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, un grupo de políticos del PRI, PAN y Movimiento Ciudadano presentaron ante la Suprema Corte una acción de inconstitucionalidad con el fin de revertir la reforma.
El lunes 28 de octubre, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó su proyecto de sentencia sobre esa acción de inconstitucionalidad, el cual se esperaba que fuera discutido este martes 5 de noviembre por el Pleno de la Corte, pero el proyecto fue desechado sin haber sido estudiado porque para entrar a su análisis se necesitaban ocho de 11 votos de los magistrados que integran el Alto Tribunal y sólo obtuvo siete.
El proyecto de Alcántara Carrancá proponía modificar algunas partes de la reforma judicial. Por ejemplo, dejaba la elección por voto popular sólo para los magistrados de la Suprema Corte, los del Tribunal Electoral y los del Tribunal de Disciplina Judicial, pero planteaba que los jueces de distrito y los magistrados de circuito no fueran electos por este mecanismo y se mantuviera con ellos el sistema de elección actual: mediante ascensos escalonados de la carrera judicial.
Además, proponía eliminar la figura de jueces sin rostro y los Comités de Evaluación, encargados de seleccionar a los candidatos con mejor trayectoria y preparación que participarán en las elecciones a los cargos judiciales, así como cambiar el método de selección de candidatos a jueces federales.
Por otro lado, el proyecto avalaba la creación del Tribunal de Disciplina Judicial que sustituirá al Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que estará integrado por cinco magistrados y que tendrá la potestad de sancionar a los servidores públicos de la rama judicial que incurran en faltas u omisiones a una adecuada administración de justicia.
En el debate de ayer, los magistrados primero se centraron en determinar si las acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos contra reformas constitucionales eran procedentes o no. Luego de debatirlo, la Suprema Corte determinó, con ocho votos de seis necesarios, que los partidos políticos sí están legitimados para promover ese tipo de acciones.
Luego, comenzaron a debatir si se necesitaban seis u ocho votos para entrar a estudiar el proyecto de sentencia de Alcántara Carrancá que modificaba partes de la reforma judicial. Esto causó malestar en congresistas del oficialismo que vieron en esta acción la manera de afectar la reforma, pues el debate no procedía, toda vez que al ser 11 magistrados aún, el requisito es ocho votos. Los seis votos serían válidos si la Corte estuviera integrada por nueve ministros, algo que establece la reforma, pero que aún no es una realidad.
El senador de Morena, Óscar Cantón Zetina, amenazó con un juicio político contra los ministros de la Suprema Corte que establecieran los seis votos como requisito para entrar a estudiar los cambios a la reforma.
Finalmente, la Corte concluyó que el requisito eran ocho votos a favor para comenzar la discusión de los puntos que planteaban modificar la reforma, pero sólo logró siete, por lo que el proyecto de Alcántara Carrancá fue desechado y con esto cualquier intento de modificar la reforma judicial aprobada por el Congreso.
De los ocho ministros que se habían pronunciado en contra de la reforma judicial, Alberto Pérez Dayán finalmente no respaldó el proyecto de Alcántara Carrancá y se sumó a las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama que votaron en contra de modificar la reforma.
Los siete ministros que votaron a favor de invalidar parte de la reforma judicial fueron: la ministra presidenta de la Suprema Corte Norma Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, José María Pardo Rebolledo, José Luis González Alcántara, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar Morales.
Después de la decisión de la Corte de dejar en firme la reforma, un grupo de trabajadores del Poder Judicial protestó frente a la sede del Máximo Tribunal y calificó de «traidor» al ministro Alberto Pérez Dayán por no haber respaldado los cambios a la reforma, mientras que representantes del PRI y del PAN anunciaron que impugnarán la reforma ante organismos internacionales.
La reforma provocó un paro de labores de funcionarios de la rama judicial que duró 51 días y la posibilidad de que la Suprema Corte invalidara todo o parte de la reforma enfrentó al Tribunal con el Gobierno y el Congreso, pues mientras estos últimos argumentaban que sólo el Congreso puede modificar la Constitución y que los cambios que se hagan a ella (como esta reforma judicial que modificó varios artículos de la Carta Magna) no pueden ser revertidos por la Suprema Corte, ésta decía que sí podía hacerlo al ser un tribunal constitucional y tener facultades para invalidar reformas o leyes que contradigan a la Constitución.
Para evitar un nuevo enfrentamiento de este tipo, la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso aprobó el pasado 28 de octubre una reforma según la cual el Poder Judicial no podrá invalidar o impugnar adiciones o reformas a la Constitución.La elección de jueces, magistrados y ministros se llevará a cabo en dos etapas: el 1 de junio de 2025 y en 2027. El proceso para la elección del próximo año, donde se votarán 881 cargos de jueces y magistrados, ya comenzó con la inscripción de los candidatos que serán seleccionados por los Comités de Evaluación para participar en la elección.
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