Rechazan contadores públicos denunciar a contribuyentes con la reforma al Código Fiscal

Linda Martínez y Mario de la Fuente

La aprobación del paquete económico en octubre del año pasado implicó la reforma del artículo 55, fracción IV de la ley del Impuesto sobre la Renta, para pasar de anual a mensual, lo que generó el disgusto del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), informó Eduardo Palomares Chapa, miembro de COEL abogados y COEF contadores, en su conferencia La reforma fiscal de 2022.

Dentro de este Paquete Económico 2022 se plantea un nuevo esquema de tributación bajo el régimen simplificado de confianza el cual solo será aplicable a las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, aplicable, siempre y cuando la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o actividades que realicen, no excedan los tres millones quinientos mil pesos.

Los contribuyentes, adheridos a este régimen, deberán determinar pagos provisionales mensuales, así como presentar declaración anual del impuesto. Si se omiten tres o más pagos mensuales en el año o no presentan declaración anual, dejarán de tributar en este régimen. Asimismo, quienes dejen de tributar en este régimen, debido al incumplimiento de sus obligaciones fiscales, no podrán volver a tributar en este régimen.

“Anudado al dictamen de los estados financieros, se propone que el contador público inscrito que elabore el mismo, informe a la autoridad fiscal, incumplimientos, o conductas de su cliente que puedan constituir a la comisión de un delito fiscal”, señaló Palomares Chapa. 

Este cambio y el hecho de que las y los contadores públicos puedan ser sancionados por la presunción del conocimiento de delitos fiscales, detonó que diversas organizaciones como el IMCP la Asociación Mediana de Contadores Públicos (AMCP) y la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos (FNAMCP) se manifestaran en contra. 

En un comunicado destacaron los problemas con la reforma: La facultad de investigar los delitos del Ministerio Público; la intimidación a la objetividad e independencia profesional del auditor; la imposición de la responsabilidad de informar un posible delito fiscal, ya que muchas y muchos contadores no están capacitados para detectar esos delitos. 

Palomares Chapa señaló que los contadores públicos aseguran que la reforma al código Fiscal exige “mucho trabajo” de la auditoría a los estados financieros de la mano con la reforma del artículo 108 en donde se establece como calificativa del delito de defraudación fiscal el simular la existencia de una prestación de servicios profesionales independientes, para así ocultar ante las autoridades las relaciones laborales.

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