El proyecto del ministro Luis María Aguilar que planteaba eliminar la prisión preventiva oficiosa, plasmada actualmente en el artículo 19 de la constitución, no alcanzó los ocho votos necesarios en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Lo que sí se aprobó fue invalidar fragmentos del Código Nacional de Procedimientos Penales que establecían que algunos delitos fiscales ameritaran prisión preventiva oficiosa.
La intención de ministro Aguilar de remover el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución se empezó a discutir en septiembre.
Sin embargo, después de dos días de deliberación, Aguilar decidió retirar el documento para elaborar uno nuevo que integrara las intervenciones de sus compañeros.
A pesar de que el proyecto no obtuvo mayoría, todos los magistrados coincidieron en que la figura de la prisión preventiva oficiosa es violatoria a los derechos humanos.