SCJN avala participación de fuerzas armadas en tareas de seguridad pública


La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló el decreto presidencial emitido en mayo 2020, que permite el despliegue del Ejército y la Marina seguir en labores de seguridad pública “de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria con la Guardia Nacional”.

La ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, resaltó que el acuerdo presidencial tiene su base legal en el artículo quinto transitorio de la Ley de la Guardia Nacional, cuyo texto transcribe casi en su integridad el acuerdo presidencial impugnado.

El proyecto obtuvo ocho votos totalmente a favor, uno parcial y dos totalmente en contra.

“Este instrumento normativo permite que las tareas desplegadas por los elementos castrenses en labores de seguridad pública se desarrollen en un estado de legalidad y no de hecho, lo cual constituye un avance en la intervención ordenada y efectiva de las fuerzas armadas dentro de este ámbito, de acuerdo con lo previsto en la disposición constitucional transitoria”, señaló la ministra.

El ministro Luis María Aguilar votó en contra y argumentó que no hay justificación clara para la participación de las fuerzas armadas en funciones de seguridad pública.

Por su parte, el presidente del máximo tribunal, Arturo Zaldívar, mostró una postura a favor y aseguró que la aprobación no significa la militarización de la seguridad pública, sino que regula su participación como “temporal, extraordinaria, suplementaria y subordinada”.

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